Durante casi dos décadas el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos en Superficie (CIRAS) fue el pasaporte cultural indispensable para licitar carreteras, tendidos eléctricos o condominios. Sin embargo, su formato —basado en inspección ocular y limitado a 30 ha o 20 km— quedó chico ante los megaproyectos y la presión por acortar calendarios. Con ese diagnóstico, el Estado promulgó el Decreto Legislativo 1680 en diciembre de 2023 y creó el Diagnóstico Arqueológico de Superficie (DAS): un estudio privado que integra prospección sistemática, drones y SIG para demostrar, con mayor evidencia, si un terreno guarda restos arqueológicos .
El mandato se materializó el 12 de marzo de 2025 cuando el D.S. 004-2025-MC reformó el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA). Allí se añadió el Capítulo II del nuevo Título II “Evaluación Arqueológica de Superficie”, dedicándolo íntegramente al DAS .
Qué es —y qué no es— el DAS
El DAS es un documento técnico privado, firmado por un arqueólogo habilitado, que entrega un análisis integral de un área mediante:
- Transectas peatonales espaciadas 10-20 m,
- Registros fotográficos georreferenciados,
- Ortofotos de 50 cm/píxel (o 25 cm cuando hay hallazgos),
- Cartografía vectorial (.dwg o .shp) en WGS-84 UTM,
- Descripción tipológica de cualquier evidencia .
No autoriza excavaciones, recolección de materiales ni obra; tampoco otorga derechos reales sobre el predio .
apibus leo.
Principios normativos que lo sostienen
- Equivalencia legal condicional:
Si no se detectan restos, la constancia DAS vale lo mismo que un CIRAS ante cualquier entidad pública . - Sin límite de superficie:
El artículo 35-B.3 del RIA declara que no existe tope de área; la extensión la marca el proyecto . - Comunicación, no permiso:
El titular avisa al Ministerio de Cultura al menos 3 días hábiles antes de ir a campo; no necesita resolución previa . - Registro obligatorio en 5 días:
El diagnóstico solo surte efecto si el informe se sube —PDE o mesa de partes— dentro de los 5 días hábiles posteriores a su emisión .
Responsabilidad solidaria:
El arqueólogo y el solicitante responden civil, penal y administrativamente por la veracidad de los datos .
Cómo se ejecuta, paso a paso
- a) Contratación y planificación
La empresa contrata a un arqueólogo colegiado y delimita su polígono GIS; se revisan antecedentes en el SIGDA. - b) Comunicación de inicio
Se registra en la Plataforma Digital Especializada (PDE) indicando fechas, coordenadas y plano perimétrico. Ese registro genera un número de expediente e inicia la cuenta regresiva de 3 días. - c) Prospección de campo
Equipos con GPS RTK trazan transectas; se levantan fichas de hallazgo y ortofotos según Anexo III del RIA. El Ministerio puede efectuar visitas inopinadas para verificar metodologías DAS RUWARKDS N° 004-2025-MC. - d) Informe de resultados
El arqueólogo redacta un documento que incluye metodología, antecedentes, mapas de densidad, análisis de impactos y —si procede— medidas de mitigación. Cada folio lleva firma digital DAS RUWARK. - e) Registro del informe
Dentro de los 5 días hábiles, el titular carga el PDF y los archivos vectoriales en la PDE. Ese acto otorga fecha cierta y valida jurídicamente el DAS. - f) Efectos y uso
- Sin hallazgos: constancia DAS = CIRAS; el proyecto continúa trámites sectoriales.
- Hallazgos parciales: la parte libre equivale a CIRAS; la zona con evidencias deriva a PEA o PRA.
Hallazgos totales: el DAS no equivale a CIRAS; se inicia intervención arqueológica formal DS N° 004-2025-MCDAS RUWARK.
Ventajas frente al CIRAS tradicional
- Cobertura ilimitada: ideal para corredores viales, líneas de transmisión o mineroductos.
- Mayor certeza: la combinación de drones, GIS y transectas densas reduce el riesgo de sorpresas en obra.
- Silencio positivo: si la DGPA no observa el informe en 15 días hábiles, la constancia se considera aceptada —una ventaja competitiva para cronogramas ajustados.
- Reutilización de datos: la cartografía del DAS alimenta el Plan de Monitoreo Arqueológico (PMAr) o el PEA si son necesarios, evitando duplicar campañas.
Reputación ESG: demuestra diligencia ambiental y social ante financiadores y comunidades.
Riesgos y cómo mitigarlos
Perder el plazo de 5 días: deja sin efecto el diagnóstico. Solución: redactar el informe durante el trabajo de campo y planificar la entrega logística.
Información falsa: anula actos posteriores y genera denuncia al Colegio de Arqueólogos del Perú DS N° 004-2025-MC. Antídoto: auditar internamente las bases de datos y georreferenciaciones antes del envío.
Hallazgos inesperados durante la obra: activar el plan de contingencia (art. 28 RIA) y tramitar un PMAr; un DAS bien hecho facilita la delimitación rápida de la zona afectada.
Preguntas frecuentes
¿Necesito autorización antes de iniciar campo?
No; basta la comunicación de inicio 3 días hábiles antes DAS RUWARKDS N° 004-2025-MC.
¿Cuánto dura la constancia DAS?
El RIA no fija vigencia, pero la práctica adopta la regla quinquenal del CIRAS; se aconseja iniciar la obra dentro de los primeros 3-4 años para evitar actualizaciones.
¿Puedo fraccionar una gran área en varios DAS?
Sí, pero la norma no lo exige. Muchas empresas dividen el trazado para agilizar reportes y registro.
¿Es obligatorio usar drones?
El Anexo III exige ortofotos de 50 cm/píxel; el dron es la herramienta más eficiente, aunque se permiten satelitales de igual resolución.
El Diagnóstico Arqueológico de Superficie transforma la evaluación cultural en un proceso predictivo y proactivo. Al eliminar límites de área y otorgar equivalencia legal con el CIRAS cuando no hay hallazgos, el DAS responde a un Perú que necesita infraestructuras grandes, rápidas y socialmente responsables.
Para los promotores, dominar el DAS significa prevenir paralizaciones, optimizar costos y sumar valor reputacional. Para las comunidades y el Estado, garantiza que el desarrollo avance sin borrar los rastros materiales de nuestra historia. En esa balanza, el DAS se convierte en la herramienta que demuestra que crecer y conservar pueden —y deben— ir de la mano.