CIRAS Denegado: 5 Pasos para Solucionarlo en 2026
📑 Tabla de Contenidos
Si tu CIRAS denegado qué hacer es la pregunta que te trajo hasta aquí, no estás solo. Cada año cientos de solicitudes de Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos son denegadas por el Ministerio de Cultura por errores técnicos, documentación incompleta o plazos vencidos. La buena noticia es que la mayoría de denegaciones tienen solución si actúas rápido y con la estrategia correcta.
En RuwArk S.A.C., consultora arqueológica con sede en Cusco, hemos revertido más de 80 denegaciones de CIRAS en los últimos 3 años. En esta guía te explicamos los 5 pasos para solucionar un CIRAS denegado conforme al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA) vigente en 2026.
1. Por qué deniegan un CIRAS: lo que dice el RIA
La denegación del CIRAS está regulada por el Art. 35 del RIA (D.S. N° 011-2022-MC) y la Guía CIRAS vigente. Entender el marco legal es el primer paso para saber qué hacer cuando tu CIRAS es denegado.
El procedimiento de calificación se sujeta a silencio administrativo negativo, lo que significa que si el Ministerio de Cultura no resuelve dentro del plazo, la solicitud se entiende como denegada. Además, conforme al Art. 137 del TUO de la Ley 27444, la autoridad debe realizar una revisión integral en una sola oportunidad.
2. Las 7 causas más comunes cuando un CIRAS es denegado
Basado en nuestro análisis normativo y experiencia en campo, estas son las 7 razones principales por las que el Ministerio de Cultura deniega la expedición del CIRAS:
Errores en escalas, coordenadas UTM, sistema geodésico (debe ser WGS84), membrete incompleto o formato incorrecto del archivo .dwg. Es la causa más frecuente de observaciones. Revisa nuestra guía sobre errores en el plano perimétrico del CIRAS.
Cuando los datos de la memoria descriptiva (área, coordenadas, límites) no coinciden con el plano perimétrico presentado.
Falta de copia literal de dominio actualizada, contrato no registrado, o discrepancia entre el titular del predio y el solicitante del CIRAS.
Comprobante de pago por derecho de trámite vencido, monto incorrecto o que no corresponde al procedimiento TUPA. Revisa los costos actualizados del CIRAS.
El área solicitada se superpone total o parcialmente con zonas arqueológicas registradas en el catastro del Ministerio de Cultura (SIGDA).
No presentar la subsanación dentro de los 10 días hábiles otorgados. El plazo es improrrogable y la consecuencia es la denegación automática del CIRAS (Art. 35 RIA).
Declaraciones juradas con datos contradictorios o documentación adulterada. Esta causal puede generar responsabilidad administrativa además de la denegación.
3. Paso 1: Identificar la causa exacta del CIRAS denegado
Cuando recibes la notificación de denegación, lo primero es leer detenidamente la resolución. El acto administrativo debe especificar las razones exactas y el fundamento legal de la denegación. Este análisis determina tu estrategia.
Checklist de análisis de la resolución
- Identificar el artículo legal que fundamenta la denegación (Art. 35 RIA, TUO 27444, etc.)
- Clasificar la causa: error técnico, error documental, vencimiento de plazo o presencia arqueológica
- Verificar si hubo observaciones previas y si fueron formuladas en un solo documento (Art. 5.3 Guía CIRAS)
- Comprobar los plazos: fecha de notificación vs. fecha de vencimiento para recurrir
- Evaluar si se agregaron observaciones nuevas no contenidas en la primera comunicación (Art. 5.5 Guía CIRAS)
4. Paso 2: Evaluar si la denegación es subsanable o definitiva
No todas las denegaciones son iguales. Algunas se resuelven corrigiendo documentos; otras requieren una estrategia completamente diferente. Usa este árbol de decisión para determinar qué hacer cuando tu CIRAS es denegado:
5. Paso 3: Subsanar y presentar nuevamente el CIRAS
Si tu CIRAS denegado se debe a errores técnicos o documentales, la solución más directa es presentar una nueva solicitud corrigiendo todas las deficiencias identificadas. No hay límite en el número de solicitudes que puedes presentar.
Línea de tiempo de subsanación
Leer la resolución completa. Identificar cada observación y su fundamento legal.
Encargar al topógrafo la corrección del plano perimétrico. Actualizar memoria descriptiva. Gestionar documentos de titularidad.
3-5 díasConfirmar que plano, memoria descriptiva, coordenadas y área coincidan exactamente. Revisar cada observación punto por punto.
1-2 díasNuevo expediente completo con todos los requisitos del TUPA corregidos. Incluir nuevo comprobante de pago.
Nueva solicitudLa Dirección de Calificación evalúa la nueva solicitud dentro del plazo legal establecido en el TUPA.
Plazo TUPA6. Paso 4: Recurso de reconsideración o apelación
Cuando consideras que la denegación de tu CIRAS fue injusta o contiene vicios procedimentales, el TUO de la Ley 27444 te otorga dos recursos administrativos para impugnar la decisión:
¿Cuándo usar cada recurso?
El recurso de reconsideración es ideal cuando la denegación se basó en una evaluación incorrecta de los documentos o se vulneró el principio de revisión integral (Art. 5.5 Guía CIRAS). Debes acompañarlo con nueva evidencia: dictamen técnico, informe pericial o documentación que desvirtúe las observaciones.
El recurso de apelación es más efectivo cuando existe un error de interpretación legal. Por ejemplo, si te exigieron requisitos no contemplados en el TUPA (vulnerando el Art. 5.2 de la Guía CIRAS) o si se agregaron observaciones nuevas después de la primera comunicación.
7. Paso 5: Alternativas cuando el CIRAS denegado es por restos arqueológicos
Si la denegación de tu CIRAS se debe a que el área se superpone con Bienes Inmuebles Prehispánicos registrados, no puedes simplemente corregir documentos. El terreno tiene presencia arqueológica confirmada y debes cambiar de procedimiento.
El Art. 23.6 del RIA establece los supuestos para proceder con un PEA (Proyecto de Evaluación Arqueológica), y el DL 1680 introduce el DAS (Diagnóstico Arqueológico de Superficie) como alternativa más ágil.
PEA vs DAS: ¿cuál elegir?
| Criterio | PEA | DAS |
|---|---|---|
| Tipo de intervención | Excavaciones restringidas | Evaluación de superficie |
| Base legal | Art. 23.6 RIA | DL 1680, Art. 35-A a 35-F RIA |
| Cuándo usar | Evidencias arqueológicas confirmadas | Sospecha de restos, evaluación previa |
| Complejidad | Alta (arqueólogo director + residentes) | Media (arqueólogo colegiado) |
| Resultado favorable | Equivalente a CIRAS si no hay restos | Puede recomendar PEA o liberar área |
Los tres supuestos del Art. 23.6 del RIA para solicitar un PEA son: (1) cuando el CIRAS así lo recomienda, (2) cuando el DAS así lo recomienda, y (3) a solicitud del administrado. Si tu CIRAS fue denegado por presencia arqueológica, puedes solicitar el PEA directamente. Conoce más sobre cómo tramitar un PEA ante el Ministerio de Cultura.
8. Preguntas frecuentes sobre CIRAS denegado
Según el Art. 35 del RIA, tienes una primera oportunidad de subsanación. Si las observaciones persisten, se otorga un plazo adicional de 10 días hábiles bajo apercibimiento de denegación. Después de la denegación, puedes presentar una nueva solicitud corrigiendo las deficiencias sin límite de intentos.
El plazo es de 10 días hábiles contados desde la notificación de las observaciones. Si no subsanas dentro de ese plazo, el Ministerio de Cultura deniega la expedición del CIRAS conforme al Art. 35 del RIA.
No. Conforme al Art. 137 del TUO de la Ley 27444 y el Art. 5.5 de la Guía CIRAS, la revisión debe ser integral y formularse en una sola oportunidad y un solo documento. No se pueden agregar nuevas observaciones que no figuraron en la primera comunicación.
Sí. Puedes interponer un recurso de reconsideración ante la misma autoridad o un recurso de apelación ante el superior jerárquico, conforme al TUO de la Ley 27444. Ambos recursos deben fundamentarse con nueva evidencia o argumentos legales sólidos.
Si la denegación se debe a superposición con Bienes Inmuebles Prehispánicos, puedes proceder con un PEA (Proyecto de Evaluación Arqueológica) conforme al Art. 23.6 del RIA, o considerar un DAS (Diagnóstico Arqueológico de Superficie) como alternativa introducida por el DL 1680.
¿Tu CIRAS fue denegado? Te ayudamos a solucionarlo
En RuwArk analizamos tu caso, identificamos la causa y ejecutamos la estrategia de solución: subsanación, recurso administrativo o migración a PEA/DAS.
Solicitar asesoría gratuitaFuentes y normativa consultada
- D.S. N° 011-2022-MC — Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA)
- D.S. N° 004-2025-MC — Modificatoria del RIA
- Guía CIRAS — Lineamientos para el trámite del CIRAS
- TUO de la Ley N° 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General
- D.L. N° 1680 — Decreto Legislativo que modifica normativa de patrimonio cultural