DAS

Informe de Resultados DAS: Qué Incluir en el Anexo I (2026)

✍️ RUWARK S.A.C. 📅 Marzo 2026 ⏱️ 9 min de lectura

El informe de resultados DAS contenido es uno de los documentos técnicos más exigentes del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. Si eres arqueólogo responsable de un Diagnóstico Arqueológico de Superficie o representas una empresa que necesita completar este trámite, conocer exactamente qué debe incluir el Anexo I te evitará observaciones y demoras. En esta guía, RuwArk S.A.C. detalla cada componente obligatorio conforme al DS 004-2025-MC.

1. Qué es el informe de resultados del DAS

El informe de resultados es el documento técnico que el arqueólogo responsable elabora al finalizar el Diagnóstico Arqueológico de Superficie (DAS). Contiene toda la información recopilada durante la prospección, incluyendo datos cartográficos, fotográficos y la evaluación de la presencia o ausencia de bienes inmuebles prehispánicos (BIP) en el área estudiada.

El informe de resultados DAS contenido se estructura según el Anexo I del DS 004-2025-MC y se presenta ante el Ministerio de Cultura vía la Plataforma Digital del Estado (PDE) o por mesa de partes en formato impreso y digital (PDF en CD o USB). Conocer el contenido exacto de este informe de resultados del DAS es fundamental para evitar observaciones que retrasen tu proyecto.

💡 Dato clave El informe de resultados del DAS no requiere autorización previa del MC para su ejecución en campo. Sin embargo, su registro posterior en la PDE es obligatorio y tiene un plazo de 5 días hábiles desde la emisión (Art. 35-D.3).

2. Información general obligatoria del informe de resultados DAS

La primera sección del Anexo I exige datos que contextualizan el estudio y permiten al evaluador del MC verificar la trazabilidad del procedimiento. A continuación, cada componente obligatorio del informe de resultados DAS contenido en su sección de información general:

1
N° de expediente de la comunicación de inicio

El número de expediente asignado al momento de comunicar el inicio del DAS ante el Ministerio de Cultura. Permite vincular el informe con el procedimiento administrativo.

2
Antecedentes arqueológicos catastrales

Incluye la constancia de Búsqueda de Antecedentes Catastrales Arqueológicos emitida por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del MC, la revisión del SIGDA, registros e inventarios de sitios arqueológicos y bibliografía especializada consultada.

3
Descripción del área de prospección

Descripción de las áreas con y sin restos arqueológicos, acompañada de fotografías con fecha y coordenadas de ubicación.

4
Información cartográfica de campo

Data GNSS en formatos técnicos especificados por norma (GPX, GDB, LOC, entre otros). Se detalla en la sección siguiente.

5
Ortofotos aéreas georreferenciadas

Fotografías aéreas procesadas con resolución mínima según tipo de resultado. Se detalla en la sección 4.

6
Planos de resultados

Planos en formato vectorial georreferenciado WGS84 UTM, suscritos por el arqueólogo responsable del DAS y el ingeniero competente.

3. Datos cartográficos y equipos GNSS del informe de resultados DAS

La información cartográfica es uno de los componentes más técnicos del informe de resultados DAS contenido. El Anexo I distingue tres tipos de equipos, cada uno con formatos específicos de entrega:

Equipo / Tecnología Formatos aceptados Datos adicionales
Navegadores GNSS GPX, GDB o LOC (Track TRK, Waypoint WPT o equivalente) Data original y completa, datum WGS84 UTM
Receptores GNSS diferenciales Job, CSV, TXT, T01, T02 o RINEX (rover + base) Copia simple de la ficha de estación de rastreo permanente del IGN
LiDAR (de ser el caso) LAS o LAZ Ficha de estación del IGN correspondiente
⚠️ Error frecuente Entregar data GNSS procesada sin incluir la data original (archivos crudos del equipo). El Anexo I exige explícitamente la data original y completa. Omitirla genera observaciones y retrasos en la evaluación del informe.

Recuerda que todo el levantamiento cartográfico debe estar en el datum WGS84 UTM. Si tu equipo registra en otro sistema de coordenadas, deberás incluir la transformación documentada. Consulta nuestra guía sobre requisitos del DAS en 2026 para más detalles sobre la preparación previa.

4. Ortofotos aéreas: resolución y formato

Las ortofotos aéreas son un componente clave del informe de resultados DAS contenido. Deben cumplir requisitos específicos de georreferenciación, formato y resolución que varían según los resultados obtenidos en la prospección.

Especificaciones técnicas

  • Formato: TIF o PNG con metadatos de georreferenciación
  • Georreferenciación: obligatoria, datum WGS84 UTM
  • Resolución con BIP identificados: mínimo 25 cm/pixel
  • Resolución sin evidencia: mínimo 50 cm/pixel
  • Ortofoto de mapas: en PDF, describiendo ámbitos libres y/o BIP identificados
⚠️ Atención con la resolución Si identificaste BIP (bienes inmuebles prehispánicos), la resolución mínima sube a 25 cm/pixel. Entregar ortofotos de menor resolución cuando hay evidencia arqueológica es motivo de observación. Planifica los vuelos de dron considerando el peor escenario.
💡 Recomendación RuwArk Realiza siempre los vuelos con parámetros para obtener 25 cm/pixel, independientemente de si esperas o no encontrar evidencia. Esto te protege ante hallazgos inesperados y evita repetir el vuelo.

5. Planos de resultados: .dwg, SHP, ARCGIS y QGIS

Los planos de resultados constituyen la representación cartográfica final dentro del informe de resultados DAS. El Anexo I establece requisitos precisos sobre formatos, contenido y suscripción profesional para esta sección.

Requisito Especificación
Formato vectorial .dwg o SHP (shapefile)
Proyecto de mapa Archivo .mxd del software GIS utilizado (ARCGIS o QGIS)
Georreferenciación WGS84 UTM obligatorio
Cuadros de datos técnicos Incluidos en los planos (coordenadas, áreas, cotas)
Suscripción Arqueólogo responsable del DAS + ingeniero competente
💡 Sobre el archivo .mxd El Anexo I menciona el proyecto mapa .mxd compatible con ARCGIS o QGIS. Si trabajas en QGIS, el equivalente es el archivo .qgz o .qgs. Asegúrate de incluirlo junto con los shapefiles para que el evaluador pueda verificar la simbología y capas del mapa. Conoce más sobre los pasos para tramitar el DAS.

6. Con evidencia vs sin evidencia: qué cambia en el contenido del informe

El Anexo I del DS 004-2025-MC establece dos escenarios diferenciados para la sección 2 del informe de resultados DAS. El contenido obligatorio varía significativamente según se hayan identificado o no bienes arqueológicos. Entender estas diferencias es esencial para armar correctamente el informe de resultados DAS contenido completo.

CON Evidencia
Sección 2.1 — BIP identificados en prospección
Evaluación impactosObligatoria
Medidas mitigaciónObligatorias
MetodologíaDetallada
RegistroFichas + planos BIP + fotos
Ortofotos25 cm/pixel mínimo
Firma/selloCada folio
SIN Evidencia
Sección 2.2 — Sin hallazgos arqueológicos
Evaluación impactosNo aplica
Medidas mitigaciónNo aplica
MetodologíaDetallada
RegistroFichas + planos terreno + fotos
Ortofotos50 cm/pixel mínimo
Firma/selloCada folio

En ambos casos, cada folio del informe debe estar firmado y sellado por el arqueólogo responsable, o contar con firma digital válida. La diferencia principal radica en que la presencia de BIP obliga a incluir la evaluación de impactos sobre el patrimonio y las medidas de mitigación propuestas.

✅ Buena práctica Aunque el resultado sea negativo (sin evidencia), documenta rigurosamente la metodología empleada. Un registro de prospección bien fundamentado fortalece la validez técnica del informe y reduce la probabilidad de observaciones.

7. Registro en PDE: el plazo de 5 días hábiles

Una vez emitido el informe de resultados DAS, el arqueólogo responsable tiene la obligación de registrar su contenido en la Plataforma Digital del Estado (PDE). Este es uno de los requisitos más críticos del proceso y el que genera mayor cantidad de incumplimientos.

Paso 1
Culminación del trabajo de campo

El arqueólogo finaliza la prospección superficial y recopila toda la data de campo, fotográfica y cartográfica.

Paso 2
Elaboración y emisión del informe

Se redacta el informe de resultados conforme al Anexo I, se firman todos los folios y se establece la fecha de emisión.

Paso 3 — Plazo crítico
Registro en PDE (Art. 35-D.3)

El arqueólogo debe registrar el informe en la PDE dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de emisión del informe.

5 días hábiles máx.
Paso 4 (si aplica)
Actualización del SIGDA por el MC

Cuando el informe registra BIP nuevos, el Ministerio de Cultura actualiza el SIGDA con la información proporcionada (Art. 35-D.4).

Automático por MC
⚠️ Plazo improrrogable El artículo 35-D.3 establece un máximo de 5 días hábiles desde la emisión del informe para su registro en la PDE. El incumplimiento de este plazo puede generar responsabilidad administrativa para el arqueólogo. No esperes al último día: registra el informe apenas esté listo. Revisa cómo funciona la Plataforma Digital del DAS para anticipar el proceso.

8. Preguntas frecuentes sobre el informe de resultados DAS

P. ¿Cuál es el plazo para registrar el informe de resultados del DAS en la PDE?

El arqueólogo responsable debe registrar el informe de resultados del DAS en la Plataforma Digital del Estado (PDE) dentro de los 5 días hábiles siguientes a la emisión del informe, conforme al artículo 35-D.3 del DS 004-2025-MC.

P. ¿Qué formatos cartográficos acepta el Ministerio de Cultura para el informe DAS?

Para navegadores GNSS se aceptan formatos GPX, GDB o LOC con data original WGS84 UTM. Para receptores GNSS diferenciales: Job, CSV, TXT, T01, T02 o RINEX (rover + base) más copia de la ficha de estación de rastreo permanente del IGN. Si se usa LiDAR, las extensiones válidas son LAS o LAZ.

P. ¿Qué resolución deben tener las ortofotos del informe de resultados DAS?

Las ortofotos aéreas deben estar georreferenciadas en formatos TIF o PNG con metadatos. La resolución mínima es de 25 cm/pixel cuando se han identificado BIP (bienes inmuebles prehispánicos) y de 50 cm/pixel cuando no se ha encontrado evidencia arqueológica.

P. ¿Qué diferencia hay entre el informe DAS con y sin evidencia arqueológica?

Cuando hay evidencia arqueológica, el informe debe incluir evaluación de impactos sobre los BIP, medidas de mitigación, registro arqueológico completo con ortofotos de 25 cm/pixel mínimo y fichas detalladas. Sin evidencia, basta con la metodología, el registro de prospección con ortofotos de 50 cm/pixel y las fichas de campo correspondientes.

P. ¿Cómo se presenta físicamente el informe de resultados del DAS?

El informe se presenta vía la Plataforma Digital del Estado (PDE) o, alternativamente, por mesa de partes del Ministerio de Cultura en formato impreso y en versión digital PDF grabado en CD o USB. Cada folio debe estar firmado y sellado por el arqueólogo responsable, o contar con firma digital válida.

Dominar el informe de resultados DAS contenido completo que exige el Anexo I te permitirá presentar un expediente sólido, sin observaciones y dentro del plazo normativo. Ya sea que tu prospección identifique o no evidencia arqueológica, la rigurosidad en cada sección del informe de resultados del DAS marca la diferencia entre un trámite fluido y meses de retrasos.

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