PRA

Bienes Categoría C: Rescate en el PEA sin Necesidad de PRA

✍️ RUWARK S.A.C. 📅 Marzo 2026 ⏱️ 10 min de lectura

Los bienes categoría C rescate PEA representan una de las novedades más importantes del D.S. N° 004-2025-MC. Desde esta modificatoria, los bienes de Categoría C pueden rescatarse directamente en el PEA, sin necesidad de tramitar un PRA separado ni sustentar el carácter ineludible de la obra. En RuwArk S.A.C. te explicamos cómo funciona y qué ventajas ofrece.

1. Qué son los bienes categoría C en arqueología

Los bienes categoría C están definidos en el artículo V del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA). Son bienes inmuebles prehispánicos cuyas condiciones actuales limitan la obtención de información científica.

En términos prácticos, se trata de contextos arqueológicos que han sido perturbados por factores naturales (erosión, aluviones) o humanos (agricultura, construcción previa), de modo que su potencial informativo es limitado respecto a bienes mejor conservados.

Características típicas de bienes categoría C

  • Contextos perturbados por actividad agrícola o construcciones modernas.
  • Fragmentería cerámica o lítica dispersa, sin asociación estratigráfica clara.
  • Restos arquitectónicos reutilizados o muy deteriorados.
  • Evidencias superficiales sin depósito estratigráfico significativo.
  • Hallazgos descontextualizados por procesos post-deposicionales.

2. Art. 23.2: bienes categoría C rescate en PEA sin PRA

El artículo 23.2 del RIA, introducido por el D.S. N° 004-2025-MC, establece la regulación clave para los bienes categoría C rescate PEA:

✅ Art. 23.2 — Texto normativo completo «Cuando un PEA determina mediante excavaciones la existencia de bienes inmuebles prehispánicos que sean de categoría C, estos pueden ser rescatados en el marco del PEA, en el cual fueron intervenidos o, pueden ser materia de un PRA, no siendo necesario el sustento técnico de ingeniería explicando el carácter ineludible de la obra, ni la declaratoria de necesidad y utilidad pública

Esta disposición tiene tres implicancias fundamentales:

  1. Los bienes Cat. C pueden rescatarse en el mismo PEA, sin expediente adicional.
  2. Si se opta por PRA, no se requiere documento de carácter ineludible.
  3. Tampoco se requiere declaratoria de necesidad y utilidad pública.

3. Comparativa: categorías A, B y C ante el rescate

Para entender la importancia de los bienes categoría C rescate PEA, es útil comparar el tratamiento normativo de las tres categorías:

Cat. A
Alto valor patrimonial y científico
Rescate en PEANo
Requiere PRA
Sustento ineludible
DificultadAlta
Cat. B
Valor científico significativo
Rescate en PEANo
Requiere PRA
Sustento ineludible
DificultadMedia-Alta
Cat. C
Condiciones limitan info científica
Rescate en PEA
Requiere PRAOpcional
Sustento ineludibleNo
DificultadBaja

4. Cómo se ejecuta el rescate de bienes categoría C en el PEA

El rescate de bienes categoría C dentro del PEA se ejecuta como parte de las actividades de campo autorizadas:

1
Identificación y categorización

Durante las excavaciones del PEA, el director identifica bienes y los categoriza como C, fundamentando las condiciones que limitan la obtención de información científica.

2
Registro completo

Documentación fotográfica, planimétrica y estratigráfica del contexto. Registro de todos los materiales asociados.

3
Excavación y recolección

Se excava el contexto completo y se recolecta todo el material. Se documenta la estratigrafía y se toman muestras si corresponde.

4
Informe de resultados

El rescate se documenta en el informe final del PEA, con la categorización sustentada y la descripción del procedimiento de rescate ejecutado.

5. Opción alternativa: PRA para bienes categoría C

El Art. 23.2 ofrece dos opciones para los bienes de Categoría C:

OpciónVentajaDesventaja
Rescate en el PEASin trámite adicional, más rápido y económicoDebe ejecutarse durante el PEA vigente
PRA independientePermite rescate posterior con equipo dedicado25 días hábiles adicionales + tasa + expediente

En ambos casos, no se requiere sustento de carácter ineludible ni declaratoria de necesidad pública. La elección depende de la complejidad del hallazgo y la logística del proyecto.

6. Ventajas de rescatar bienes categoría C en el PEA

1
Ahorro de tiempo

No se tramita un expediente PRA adicional con 25 días hábiles de plazo. El rescate se ejecuta dentro del PEA ya autorizado.

2
Ahorro de costos

No se elabora documento de carácter ineludible (que requiere ingeniero), no se paga tasa PRA, no se arma expediente adicional.

3
Continuidad del proyecto

El rescate se realiza como parte del PEA vigente, sin interrupciones ni procedimientos adicionales entre evaluación y obra.

💡 Consejo RUWARK La categorización de los bienes como Cat. C debe estar técnicamente sustentada en el informe del PEA. Una categorización incorrecta puede generar observaciones por parte de la DCIA. Documenta claramente las condiciones que limitan la obtención de información científica.

7. Ejemplos prácticos de bienes categoría C

A continuación, ejemplos comunes de bienes categoría C que pueden rescatarse en el PEA según la experiencia de RuwArk S.A.C.:

Tipo de hallazgoCondición limitanteCategorización
Fragmentería cerámica dispersaSin asociación estratigráfica, mezclada con material modernoCat. C
Muro prehispánico reutilizadoIncorporado a construcción moderna, sin contexto originalCat. C
Depósito removido por agriculturaCapa arqueológica completamente perturbada por aradoCat. C
Líticos aislados en rellenoMaterial descontextualizado en relleno modernoCat. C
⚠️ Importante No todos los hallazgos perturbados son Cat. C. Si a pesar de la perturbación hay información científica recuperable (estratigrafía parcial, contextos funerarios intactos debajo, etc.), la categorización correcta puede ser B o incluso A. Consulta con tu arqueólogo especialista.

8. Preguntas frecuentes

¿Qué son los bienes de categoría C en arqueología?

Son bienes inmuebles prehispánicos cuyas condiciones actuales limitan la obtención de información científica (Art. V del RIA). Incluyen contextos perturbados, fragmentería dispersa y restos sin estratigrafía clara.

¿Los bienes categoría C pueden rescatarse en el PEA?

Sí. El Art. 23.2 del D.S. 004-2025-MC permite rescatarlos en el marco del PEA sin PRA separado ni sustento de carácter ineludible.

¿Se necesita sustento ineludible para rescatar bienes categoría C?

No. El Art. 23.2 exime expresamente del documento técnico de ingeniería y de la declaratoria de necesidad pública.

¿Los bienes categoría C también pueden ser materia de un PRA?

Sí. El Art. 23.2 ofrece ambas opciones: rescate en PEA o PRA independiente. En ambos casos, sin sustento ineludible.

¿Qué ventajas tiene rescatar bienes categoría C en el PEA?

Ahorro de tiempo (sin trámite PRA adicional), ahorro de costos (sin documento de ingeniería ni tasa) y continuidad del proyecto sin procedimiento adicional.

9. Gestiona tus hallazgos con especialistas

La correcta categorización de los bienes es fundamental para aprovechar las ventajas del Art. 23.2. En RuwArk S.A.C., nuestros arqueólogos categorizan con sustento técnico sólido para que tu proyecto avance sin observaciones.

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Te ayudamos a categorizar y ejecutar el rescate de forma eficiente.

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