Director Arqueológico

Director de Intervención Arqueológica: Requisitos Legales en 2026

✍️ RUWARK S.A.C. 📅 Marzo 2026 ⏱️ 9 min de lectura

El director intervención arqueológica requisitos es uno de los temas más consultados por empresas que necesitan contratar servicios arqueológicos en el Perú. El RIA exige un perfil profesional específico para quien dirija una intervención arqueológica. En RuwArk S.A.C., consultora arqueológica en Cusco, contamos con directores colegiados y habilitados por el COARPE para gestionar todos los procedimientos del RIA.

1. Qué es el director de intervención arqueológica

El director de intervención arqueológica es el profesional responsable de planificar, dirigir y supervisar una intervención arqueológica ante el Ministerio de Cultura del Perú. Es quien firma el expediente técnico, los informes de campo y el informe final de la intervención.

Su figura está regulada en el artículo 11 del RIA (D.S. N° 011-2022-MC, modificado por D.S. N° 004-2025-MC). El director asume la responsabilidad técnica y legal de la correcta ejecución de la intervención conforme a la normativa vigente.

💡 ¿Por qué es importante el director? Sin un director habilitado, el Ministerio de Cultura no acepta ningún expediente arqueológico. El director es el nexo técnico-legal entre el titular del proyecto, el equipo arqueológico y el MC. Su habilitación es condición sine qua non para cualquier trámite del RIA.

2. Requisitos del RIA para ser director de intervención

El artículo 11 del RIA establece los requisitos del director intervención arqueológica:

RequisitoDescripciónVerificación
Título universitarioTítulo de arqueólogo otorgado por universidad reconocida por SUNEDU. La carrera puede denominarse Arqueología, Arqueología e Historia, Ciencias Sociales (mención Arqueología), etc.Certificado de título inscrito en SUNEDU
Colegiatura COARPERegistro ante el Colegio de Arqueólogos del Perú (COARPE). Implica pago de cuotas y cumplimiento de requisitos del colegio.Certificado de colegiatura del COARPE
Habilitación COARPEEstado de habilitado (sin impedimentos) ante el COARPE. Requiere estar al día en cuotas y sin sanciones vigentes del colegio.Constancia de habilitación vigente del COARPE
Sin sanciones MCNo tener sanciones vigentes impuestas por el Ministerio de Cultura por incumplimiento del RIA u otras normas del patrimonio.El MC verifica en su registro de sancionados

3. Habilitación COARPE: qué es y cómo obtenerla

El COARPE (Colegio de Arqueólogos del Perú) es el colegio profesional que agremia a los arqueólogos titulados del Perú. La habilitación COARPE es el estado que certifica que el arqueólogo está en condiciones de ejercer la profesión conforme a las normas del colegio.

¿Cómo se obtiene la habilitación COARPE?

  • Estar colegiado ante el COARPE (registro inicial tras obtener el título).
  • Estar al día en las cuotas colegiales mensuales o anuales.
  • No tener sanciones vigentes impuestas por el COARPE.
  • Cumplir con los requisitos de formación continua establecidos por el COARPE.
  • Solicitar la constancia de habilitación ante el COARPE para cada expediente que así lo requiera.
⚠️ Habilitación vigente al momento de presentar La habilitación COARPE debe estar vigente al momento de presentar el expediente ante el MC y durante toda la ejecución de la intervención. Una habilitación vencida puede resultar en la observación del expediente o la anulación de la autorización.

4. Funciones y responsabilidades del director

Las principales funciones del director de intervención arqueológica según el RIA son:

  • Elaborar el expediente técnico de la intervención (CIRAS, DAS, PEA, PRA o PMAR).
  • Planificar y dirigir la ejecución de los trabajos de campo.
  • Supervisar al arqueólogo residente (en el caso del PMAR con múltiples frentes).
  • Elaborar y suscribir los informes de campo y el informe final de la intervención.
  • Comunicar al MC cualquier hallazgo fortuito o situación que requiera acción del titular o del Ministerio.
  • Asegurar el cumplimiento del RIA en cada etapa de la intervención.
  • Custodiar los materiales arqueológicos recuperados hasta su entrega al MC o al depósito autorizado.
✅ Responsabilidad personal del director El director asume responsabilidad personal por la veracidad del expediente y el informe, y por las acciones de su equipo. No puede delegar esta responsabilidad al titular del proyecto.

5. Simultaneidad de intervenciones: Art. 11.2 del RIA

El artículo 11.2 del RIA regula la posibilidad de que un director dirija más de una intervención al mismo tiempo:

💡 Art. 11.2 RIA — Simultaneidad en el PMAR Un director puede dirigir simultáneamente varios PMAR, siempre que cada frente de trabajo con remoción de suelos cuente con su propio arqueólogo residente colegiado y habilitado. El director hace supervisión general, pero el residente está permanentemente en cada frente.
Tipo de intervenciónSimultaneidad permitidaCondición
PMARSí (múltiples)Cada frente con residente habilitado (Art. 11.2 + Art. 27.4)
CIRAS / DASSí (con criterio)El director debe poder atender todos los expedientes activos
PEALimitadaRequiere presencia activa del director en campo según RIA
PRALimitadaAlta exigencia de presencia y supervisión directa

6. Sanciones aplicables al director de intervención

El Ministerio de Cultura puede sancionar al director de intervención arqueológica cuando se acredita:

  • Presentación de información falsa en el expediente o informe.
  • Incumplimiento del RIA durante la ejecución de la intervención.
  • Daño al patrimonio cultural por negligencia o acción directa.
  • Abandono de la intervención sin informe final aprobado.
  • Permitir que se realicen actividades fuera del alcance autorizado.
⚠️ Consecuencias de las sanciones Las sanciones al director pueden incluir inhabilitación temporal para dirigir nuevas intervenciones, multas económicas y, en casos graves, responsabilidad penal por daño al patrimonio cultural de la Nación.

7. Director vs arqueólogo residente: diferencias

AspectoDirectorArqueólogo Residente
Rol en RIAResponsable técnico-legal de la intervenciónMonitoreo permanente en cada frente (solo PMAR)
Firma expedienteNo (solo el director)
Firma informe finalSolo como informes de frente, firmado por el director
Requisito de habilitaciónCOARPE habilitadoCOARPE habilitado
Presencia en campoSupervisión generalPermanente durante remoción de suelos
Artículo RIAArt. 11Art. 27.4

Para más información sobre el arqueólogo residente, consulta: Arqueólogo Residente PMAR: Rol y Requisitos.

8. Preguntas frecuentes sobre el director arqueológico

¿Qué es el director de intervención arqueológica?

El profesional arqueólogo colegiado y habilitado por COARPE que dirige y es responsable legal de una intervención arqueológica (CIRAS, DAS, PEA, PRA o PMAR) ante el MC.

¿Puede cualquier arqueólogo ser director?

No. Debe cumplir los requisitos del Art. 11 del RIA: título universitario en arqueología, colegiatura y habilitación vigente ante COARPE, y no tener sanciones vigentes del MC.

¿Puede un director dirigir varios PMAR a la vez?

Sí, según el Art. 11.2 del RIA, siempre que cada frente de trabajo tenga su propio arqueólogo residente colegiado y habilitado.

¿El director puede ser el mismo arqueólogo residente?

En PMAR de un solo frente, el director puede actuar también como residente si está físicamente presente en el frente de trabajo. Para múltiples frentes simultáneos, se requiere un residente adicional por cada frente extra.

¿Dónde verifico si un arqueólogo está habilitado?

La habilitación se verifica directamente ante el COARPE. Puedes consultar la constancia de habilitación que debe presentar el arqueólogo. La habilitación debe ser vigente al momento del trámite.

¿Buscas un director arqueológico para tu proyecto?

En RUWARK S.A.C. contamos con directores colegiados y habilitados por COARPE para gestionar CIRAS, DAS, PEA, PRA y PMAR en todo el Perú.

📞 Consulta disponibilidad

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *