CIRAS

CIRAS Denegado: 5 Pasos para Solucionarlo en 2026

✍️ RUWARK S.A.C. 📅 Marzo 2026 ⏱️ 9 min de lectura

Si tu CIRAS denegado qué hacer es la pregunta que te trajo hasta aquí, no estás solo. Cada año cientos de solicitudes de Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos son denegadas por el Ministerio de Cultura por errores técnicos, documentación incompleta o plazos vencidos. La buena noticia es que la mayoría de denegaciones tienen solución si actúas rápido y con la estrategia correcta.

En RuwArk S.A.C., consultora arqueológica con sede en Cusco, hemos revertido más de 80 denegaciones de CIRAS en los últimos 3 años. En esta guía te explicamos los 5 pasos para solucionar un CIRAS denegado conforme al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA) vigente en 2026.

1. Por qué deniegan un CIRAS: lo que dice el RIA

La denegación del CIRAS está regulada por el Art. 35 del RIA (D.S. N° 011-2022-MC) y la Guía CIRAS vigente. Entender el marco legal es el primer paso para saber qué hacer cuando tu CIRAS es denegado.

El procedimiento de calificación se sujeta a silencio administrativo negativo, lo que significa que si el Ministerio de Cultura no resuelve dentro del plazo, la solicitud se entiende como denegada. Además, conforme al Art. 137 del TUO de la Ley 27444, la autoridad debe realizar una revisión integral en una sola oportunidad.

💡 Dato clave Según el Art. 5.3 de la Guía CIRAS, la revisión integral del cumplimiento de todos los requisitos debe realizarse en una sola oportunidad y un solo documento. Si te formulan observaciones adicionales después, tienes derecho a reclamar. Conoce los requisitos completos del CIRAS 2026 para prevenir observaciones.

2. Las 7 causas más comunes cuando un CIRAS es denegado

Basado en nuestro análisis normativo y experiencia en campo, estas son las 7 razones principales por las que el Ministerio de Cultura deniega la expedición del CIRAS:

1
Plano perimétrico con errores técnicos

Errores en escalas, coordenadas UTM, sistema geodésico (debe ser WGS84), membrete incompleto o formato incorrecto del archivo .dwg. Es la causa más frecuente de observaciones. Revisa nuestra guía sobre errores en el plano perimétrico del CIRAS.

2
Discordancia entre memoria descriptiva y plano

Cuando los datos de la memoria descriptiva (área, coordenadas, límites) no coinciden con el plano perimétrico presentado.

3
Documentación de titularidad insuficiente

Falta de copia literal de dominio actualizada, contrato no registrado, o discrepancia entre el titular del predio y el solicitante del CIRAS.

4
Falta de pago o constancia incorrecta

Comprobante de pago por derecho de trámite vencido, monto incorrecto o que no corresponde al procedimiento TUPA. Revisa los costos actualizados del CIRAS.

5
Superposición con Bienes Inmuebles Prehispánicos

El área solicitada se superpone total o parcialmente con zonas arqueológicas registradas en el catastro del Ministerio de Cultura (SIGDA).

6
No subsanar observaciones en plazo

No presentar la subsanación dentro de los 10 días hábiles otorgados. El plazo es improrrogable y la consecuencia es la denegación automática del CIRAS (Art. 35 RIA).

7
Información falsa o inconsistente

Declaraciones juradas con datos contradictorios o documentación adulterada. Esta causal puede generar responsabilidad administrativa además de la denegación.

⚠️ Importante Conforme al Art. 5.2 de la Guía CIRAS, el Ministerio de Cultura solo puede exigir al administrado los requisitos previstos en el TUPA. Si te solicitan documentos fuera del TUPA, tienes derecho a impugnar esa exigencia.

3. Paso 1: Identificar la causa exacta del CIRAS denegado

Cuando recibes la notificación de denegación, lo primero es leer detenidamente la resolución. El acto administrativo debe especificar las razones exactas y el fundamento legal de la denegación. Este análisis determina tu estrategia.

Checklist de análisis de la resolución

  • Identificar el artículo legal que fundamenta la denegación (Art. 35 RIA, TUO 27444, etc.)
  • Clasificar la causa: error técnico, error documental, vencimiento de plazo o presencia arqueológica
  • Verificar si hubo observaciones previas y si fueron formuladas en un solo documento (Art. 5.3 Guía CIRAS)
  • Comprobar los plazos: fecha de notificación vs. fecha de vencimiento para recurrir
  • Evaluar si se agregaron observaciones nuevas no contenidas en la primera comunicación (Art. 5.5 Guía CIRAS)
💡 Consejo RuwArk Si la resolución de denegación contiene observaciones que no figuraban en la primera comunicación, estás frente a una vulneración del principio de revisión integral (Art. 137 TUO Ley 27444). Este argumento puede fundamentar un recurso de reconsideración exitoso.

4. Paso 2: Evaluar si la denegación es subsanable o definitiva

No todas las denegaciones son iguales. Algunas se resuelven corrigiendo documentos; otras requieren una estrategia completamente diferente. Usa este árbol de decisión para determinar qué hacer cuando tu CIRAS es denegado:

¿Por qué fue denegado tu CIRAS?
Error técnico / documental
Plano, memoria descriptiva, titularidad o pago con errores corregibles
→ Presentar nueva solicitud corregida
Vencimiento de plazo
No subsanaste en los 10 días hábiles otorgados por el Art. 35 RIA
→ Nueva solicitud desde cero
Superposición arqueológica
El área tiene Bienes Inmuebles Prehispánicos registrados en SIGDA
→ Proceder con PEA o DAS
Vicio procedimental
Observaciones nuevas no formuladas en revisión integral o requisitos fuera del TUPA
→ Recurso de reconsideración

5. Paso 3: Subsanar y presentar nuevamente el CIRAS

Si tu CIRAS denegado se debe a errores técnicos o documentales, la solución más directa es presentar una nueva solicitud corrigiendo todas las deficiencias identificadas. No hay límite en el número de solicitudes que puedes presentar.

Línea de tiempo de subsanación

Día 1
Recibir notificación de denegación

Leer la resolución completa. Identificar cada observación y su fundamento legal.

Días 2-5
Corregir documentación técnica

Encargar al topógrafo la corrección del plano perimétrico. Actualizar memoria descriptiva. Gestionar documentos de titularidad.

3-5 días
Días 5-7
Verificación cruzada de consistencia

Confirmar que plano, memoria descriptiva, coordenadas y área coincidan exactamente. Revisar cada observación punto por punto.

1-2 días
Día 8-10
Presentar nueva solicitud ante el MC

Nuevo expediente completo con todos los requisitos del TUPA corregidos. Incluir nuevo comprobante de pago.

Nueva solicitud
Calificación
Evaluación por la DCIA

La Dirección de Calificación evalúa la nueva solicitud dentro del plazo legal establecido en el TUPA.

Plazo TUPA
⚠️ Plazo crítico Si estás dentro del período de subsanación (antes de la denegación formal), recuerda que tienes solo 10 días hábiles para subsanar las observaciones según el Art. 35 del RIA. Si ese plazo venció y ya recibiste la denegación, debes presentar una solicitud completamente nueva.
✅ Buena práctica Antes de presentar la nueva solicitud, solicita una cita de orientación en la Dirección Desconcentrada de Cultura de tu jurisdicción. Muchas oficinas ofrecen revisión informal previa que puede evitar nuevas observaciones. Conoce más sobre el procedimiento de trámite del CIRAS.

6. Paso 4: Recurso de reconsideración o apelación

Cuando consideras que la denegación de tu CIRAS fue injusta o contiene vicios procedimentales, el TUO de la Ley 27444 te otorga dos recursos administrativos para impugnar la decisión:

Reconsideración
Recurso ante la misma autoridad que denegó
Ante quiénMisma autoridad
RequisitoNueva prueba
Plazo para interponer15 días hábiles
Mejor paraVicios de revisión
Apelación
Recurso ante el superior jerárquico
Ante quiénSuperior jerárquico
RequisitoDiferente interpretación
Plazo para interponer15 días hábiles
Mejor paraError de derecho

¿Cuándo usar cada recurso?

El recurso de reconsideración es ideal cuando la denegación se basó en una evaluación incorrecta de los documentos o se vulneró el principio de revisión integral (Art. 5.5 Guía CIRAS). Debes acompañarlo con nueva evidencia: dictamen técnico, informe pericial o documentación que desvirtúe las observaciones.

El recurso de apelación es más efectivo cuando existe un error de interpretación legal. Por ejemplo, si te exigieron requisitos no contemplados en el TUPA (vulnerando el Art. 5.2 de la Guía CIRAS) o si se agregaron observaciones nuevas después de la primera comunicación.

💡 Estrategia legal Puedes interponer ambos recursos de manera sucesiva. Primero la reconsideración y, si es denegada, la apelación. Sin embargo, en muchos casos es más práctico y rápido presentar una nueva solicitud corregida que litigar administrativamente.

7. Paso 5: Alternativas cuando el CIRAS denegado es por restos arqueológicos

Si la denegación de tu CIRAS se debe a que el área se superpone con Bienes Inmuebles Prehispánicos registrados, no puedes simplemente corregir documentos. El terreno tiene presencia arqueológica confirmada y debes cambiar de procedimiento.

El Art. 23.6 del RIA establece los supuestos para proceder con un PEA (Proyecto de Evaluación Arqueológica), y el DL 1680 introduce el DAS (Diagnóstico Arqueológico de Superficie) como alternativa más ágil.

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CIRAS Denegado
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Excavaciones o diagnóstico
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Conformidad + siguiente paso

PEA vs DAS: ¿cuál elegir?

Criterio PEA DAS
Tipo de intervención Excavaciones restringidas Evaluación de superficie
Base legal Art. 23.6 RIA DL 1680, Art. 35-A a 35-F RIA
Cuándo usar Evidencias arqueológicas confirmadas Sospecha de restos, evaluación previa
Complejidad Alta (arqueólogo director + residentes) Media (arqueólogo colegiado)
Resultado favorable Equivalente a CIRAS si no hay restos Puede recomendar PEA o liberar área

Los tres supuestos del Art. 23.6 del RIA para solicitar un PEA son: (1) cuando el CIRAS así lo recomienda, (2) cuando el DAS así lo recomienda, y (3) a solicitud del administrado. Si tu CIRAS fue denegado por presencia arqueológica, puedes solicitar el PEA directamente. Conoce más sobre cómo tramitar un PEA ante el Ministerio de Cultura.

✅ Alternativa viable El DAS introducido por el DL 1680 permite una evaluación de superficie sin excavaciones. Si el DAS determina que no existen evidencias arqueológicas significativas, puede liberar el área sin necesidad de un PEA completo, ahorrando tiempo y costos considerables.

8. Preguntas frecuentes sobre CIRAS denegado

Q. ¿Cuántas veces puedo subsanar un CIRAS denegado?

Según el Art. 35 del RIA, tienes una primera oportunidad de subsanación. Si las observaciones persisten, se otorga un plazo adicional de 10 días hábiles bajo apercibimiento de denegación. Después de la denegación, puedes presentar una nueva solicitud corrigiendo las deficiencias sin límite de intentos.

Q. ¿Qué plazo tengo para subsanar las observaciones del CIRAS?

El plazo es de 10 días hábiles contados desde la notificación de las observaciones. Si no subsanas dentro de ese plazo, el Ministerio de Cultura deniega la expedición del CIRAS conforme al Art. 35 del RIA.

Q. ¿Pueden agregarme nuevas observaciones al CIRAS que no estaban en la primera revisión?

No. Conforme al Art. 137 del TUO de la Ley 27444 y el Art. 5.5 de la Guía CIRAS, la revisión debe ser integral y formularse en una sola oportunidad y un solo documento. No se pueden agregar nuevas observaciones que no figuraron en la primera comunicación.

Q. ¿Puedo recurrir un CIRAS denegado ante otra autoridad?

Sí. Puedes interponer un recurso de reconsideración ante la misma autoridad o un recurso de apelación ante el superior jerárquico, conforme al TUO de la Ley 27444. Ambos recursos deben fundamentarse con nueva evidencia o argumentos legales sólidos.

Q. Si mi CIRAS fue denegado por restos arqueológicos, ¿qué alternativas tengo?

Si la denegación se debe a superposición con Bienes Inmuebles Prehispánicos, puedes proceder con un PEA (Proyecto de Evaluación Arqueológica) conforme al Art. 23.6 del RIA, o considerar un DAS (Diagnóstico Arqueológico de Superficie) como alternativa introducida por el DL 1680.

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Fuentes y normativa consultada