DS 004-2025-MC: Cambios Clave del RIA que Debes Conocer en 2026
📑 Tabla de Contenidos
El DS 004-2025-MC modificación RIA representa la actualización más importante del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas desde su aprobación en 2022. En RuwArk S.A.C., consultora arqueológica en Cusco, analizamos aquí los cambios fundamentales que afectan a titulares de proyectos, constructoras, mineras y cualquier empresa que requiera permisos arqueológicos en el Perú.
1. Qué es el DS 004-2025-MC y por qué es importante
El Decreto Supremo N° 004-2025-MC es la norma que modifica el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA), aprobado originalmente mediante D.S. N° 011-2022-MC. Se trata de la primera gran reforma al RIA desde su publicación y recoge cambios normativos previos, especialmente los introducidos por el Decreto Legislativo N° 1680 en materia de simplificación administrativa aplicada al patrimonio cultural.
La importancia del DS 004-2025-MC modificación RIA radica en que actualiza los procedimientos arqueológicos que toda empresa o persona natural debe cumplir antes de ejecutar obras que impliquen remoción de suelos en territorio peruano. Conocer sus cambios es indispensable para evitar paralizaciones de obra y sanciones del Ministerio de Cultura.
2. El DAS: la gran novedad del DS 004-2025-MC
La incorporación del Diagnóstico Arqueológico de Superficie (DAS) al RIA es el cambio más relevante del DS 004-2025-MC. El DAS es un procedimiento de evaluación que se realiza exclusivamente en superficie, sin excavaciones, y permite determinar el potencial arqueológico de un área de manera más rápida que el PEA.
¿Qué es el DAS y cuándo aplica?
El DAS fue habilitado primero por el Decreto Legislativo N° 1680 y luego incorporado formalmente al RIA por el DS 004-2025-MC. Es adecuado para:
- Proyectos en áreas donde no se han identificado restos arqueológicos en estudios previos.
- Obras de menor envergadura en zonas de bajo potencial arqueológico aparente.
- Proyectos que necesitan una evaluación más ágil que el PEA para desbloquear inversiones.
Para más información sobre el DAS, consulta nuestra guía: Qué es el DAS Arqueológico en Perú (2026).
3. Categorías A, B y C de bienes inmuebles prehispánicos
Otro cambio fundamental del DS 004-2025-MC es la consolidación y precisión de la categorización de bienes inmuebles prehispánicos en tres categorías (A, B y C), que determinan las acciones de gestión y los procedimientos de rescate aplicables.
| Categoría | Descripción | Implicancia |
|---|---|---|
| A — Alto Potencial | Bienes con alto potencial arqueológico, con estructuras definidas y material cultural abundante. | Requiere PEA. No apto para CIRAS. Puede generar PRA si hay riesgo. |
| B — Potencial Significativo | Bienes con información científica significativa, aunque con menor densidad de materiales. | Puede derivar en PEA o PRA según el contexto. En PMAR, requiere protocolo especial. |
| C — Condiciones Limitadas | Bienes cuyas condiciones limitan la obtención de información científica de relevancia. | Rescate sin necesidad de PRA formal. Registro documental e inventario de materiales. |
4. Cambios en plazos y procedimientos tras el DS 004-2025-MC
El DS 004-2025-MC modificación RIA también introduce precisiones importantes en los plazos de los principales procedimientos arqueológicos:
5. Silencio administrativo negativo en el RIA actualizado
El DS 004-2025-MC precisa los supuestos de silencio administrativo negativo en los procedimientos arqueológicos. En el contexto del RIA, el silencio negativo significa que si el Ministerio de Cultura no emite resolución dentro del plazo establecido, la solicitud se considera denegada por defecto.
Ante un silencio administrativo negativo, el titular puede interponer un recurso de apelación ante la instancia superior del Ministerio de Cultura, acreditando que el plazo legal fue superado sin respuesta. Para más detalle, consulta nuestro blog sobre silencio administrativo en arqueología.
6. Impacto del DS 004-2025-MC en proyectos de inversión
Para los titulares de proyectos, el DS 004-2025-MC modificación RIA tiene impactos concretos en la planificación y ejecución de obras:
El DAS amplía las opciones antes del PMAR. En zonas de bajo potencial, puede ser más conveniente que el PEA, reduciendo costos y tiempos de obtención de la autorización arqueológica.
Con la categorización definida, los equipos arqueológicos en campo pueden gestionar directamente los hallazgos de baja relevancia sin detener la obra, reduciendo tiempos muertos.
Las precisiones en los plazos de los distintos procedimientos permiten a los titulares planificar con mayor certeza el cronograma de obtención de permisos arqueológicos.
El DS 004-2025-MC refuerza las responsabilidades del director de intervención arqueológica, quien debe conocer y aplicar la normativa actualizada en cada expediente.
7. Comparativa: RIA antes y después del DS 004-2025-MC
| Aspecto | RIA Original (DS 011-2022-MC) | RIA Modificado (DS 004-2025-MC) |
|---|---|---|
| Procedimientos de evaluación | CIRAS, PEA, PRA, PMAR | CIRAS, DAS, PEA, PRA, PMAR |
| Categorías de bienes prehispánicos | Definición general | Categorías A, B, C consolidadas |
| Gestión de hallazgos Categoría C | Menos precisa | Rescate sin PRA formal, protocolo definido |
| Plazos PMAR | Plazo general | 10 días (CIRAS/DAS) / 20 días (PEA/PRA) |
| Silencio administrativo | Regulado de forma genérica | Supuestos precisados por procedimiento |
| Habilitación de profesionales | COARPE | COARPE (se mantiene y precisa) |
8. Preguntas frecuentes sobre el DS 004-2025-MC
¿Qué es el DS 004-2025-MC?
Es el Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA), aprobado originalmente por D.S. N° 011-2022-MC. Su principal novedad es la incorporación del DAS y la consolidación de las categorías A, B y C de bienes prehispánicos.
¿El DAS reemplaza al PEA?
No. El DAS es una alternativa más ágil para casos específicos de bajo potencial arqueológico. El PEA sigue siendo necesario cuando el área presenta potencial arqueológico o cuando el DAS arroja resultados que lo requieren.
¿Qué son las categorías A, B y C de bienes prehispánicos?
Son tres categorías que clasifican los bienes inmuebles prehispánicos según su potencial arqueológico y las condiciones para obtener información científica. Determinan el tipo de intervención y rescate aplicable en cada caso.
¿Qué implica el silencio administrativo negativo en arqueología?
Si el Ministerio de Cultura no emite resolución dentro del plazo legal establecido en el RIA, la solicitud se considera denegada. El titular puede impugnar mediante recurso de apelación ante la instancia superior.
¿A partir de cuándo aplica el DS 004-2025-MC?
Desde su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Los expedientes presentados desde entonces deben cumplir con las disposiciones actualizadas del RIA.
9. ¿Necesitas asesoría sobre el RIA actualizado?
El DS 004-2025-MC modificación RIA introduce cambios que impactan directamente en la planificación de tus trámites arqueológicos. En RuwArk S.A.C., somos especialistas en la aplicación del RIA vigente para proyectos de construcción, minería, energía e infraestructura en todo el Perú.
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