Comunicación de Inicio DAS: Guía Paso a Paso para el Procedimiento Correcto
📑 Tabla de Contenidos
- Qué es la comunicación de inicio del DAS
- Plazo: 3 días hábiles antes de la prospección
- Bloque 1: Datos del solicitante
- Bloque 2: Datos del arqueólogo responsable
- Bloque 3: Datos del proyecto y plano perimétrico
- Dónde y cómo presentar: PDE vs mesa de partes
- Qué sucede después de comunicar el inicio
- Preguntas frecuentes
La comunicación de inicio DAS procedimiento es el primer paso formal que debes cumplir antes de ejecutar un Diagnóstico Arqueológico de Superficie. Desde la entrada en vigencia del D.S. N° 004-2025-MC, el DAS no requiere autorización previa del Ministerio de Cultura, pero sí exige comunicar el inicio de la prospección con al menos 3 días hábiles de anticipación. En esta guía, RuwArk S.A.C. te explica exactamente qué información incluir, cómo presentarla y qué esperar después.
1. Qué es la comunicación de inicio del DAS
La comunicación de inicio es una notificación obligatoria que el solicitante del DAS debe presentar ante el Ministerio de Cultura antes de realizar la prospección arqueológica de superficie. Se encuentra regulada en el artículo 35-C del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA), incorporado mediante el D.S. N° 004-2025-MC.
A diferencia del CIRAS o el PEA, donde se tramita una autorización formal, el DAS funciona bajo un régimen de comunicación previa sin aprobación. Esto significa que puedes ejecutar la prospección sin esperar un acto administrativo del Ministerio, siempre que hayas comunicado el inicio en el plazo establecido.
2. Plazo de la comunicación de inicio DAS: 3 días hábiles
El artículo 35-C.1 establece que la comunicación de inicio DAS procedimiento debe realizarse con una anticipación no menor de 3 días hábiles previos al inicio de la prospección de campo. Este plazo es improrrogable y cuenta desde el día hábil siguiente a la presentación.
Línea de tiempo del procedimiento
Reunir información del solicitante, arqueólogo responsable y proyecto. Preparar plano perimétrico georreferenciado.
2-5 días previosIngresar la documentación vía PDE o mesa de partes física/virtual del Ministerio de Cultura.
Mínimo 3 días hábiles antesNo se requiere respuesta ni aprobación del MC. El plazo corre automáticamente.
Sin autorización previaEl arqueólogo responsable realiza el recorrido de superficie en las fechas indicadas en la comunicación.
Se redacta el informe con resultados de la prospección y se presenta ante el MC para su evaluación.
Art. 35-D RIA3. Bloque 1: Datos del solicitante (Anexo II)
El primer bloque de la comunicación de inicio del DAS identifica a la persona natural o jurídica que solicita el diagnóstico. Conforme al Anexo II del D.S. 004-2025-MC, debes incluir la siguiente información:
Si eres persona natural, indica tus nombres y apellidos tal como figuran en tu DNI. Si eres persona jurídica, consigna la razón social exacta registrada en SUNARP.
Dirección completa del domicilio fiscal o legal del solicitante. Debe coincidir con los registros de SUNAT o el documento de identidad.
Documento de identidad del solicitante. Para empresas, se consigna el número de RUC de la persona jurídica.
Cuando el solicitante es una empresa, se debe incluir los datos del representante legal y el número de partida registral donde conste su nombramiento inscrito en SUNARP.
4. Bloque 2: Datos del arqueólogo responsable
El segundo bloque del Anexo II exige información detallada del profesional que ejecutará el DAS. Este es el bloque con mayor cantidad de requisitos documentales en la comunicación de inicio DAS procedimiento.
Nombres completos tal como figuran en su documento de identidad y colegiatura profesional.
Número del documento de identidad del arqueólogo responsable de la ejecución del DAS.
Número de registro en el Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú. Es indispensable para acreditar la habilitación del profesional.
Se adjunta la constancia vigente en formato PDF. Este documento certifica que el arqueólogo se encuentra habilitado para ejercer al momento de la comunicación.
Correo electrónico del arqueólogo para notificaciones relacionadas con el DAS.
Toda la información personal del arqueólogo debe contener la firma digital o física del profesional a cargo, conforme establece el Anexo II.
5. Bloque 3: Datos del proyecto y plano perimétrico
El tercer y último bloque del Anexo II contiene la información técnica del proyecto para el que se requiere el DAS. Este bloque es fundamental porque define el área geográfica exacta de la prospección.
Indicar la ubicación política completa del proyecto según la jurisdicción que corresponda.
Denominación oficial del proyecto de inversión o infraestructura para el cual se ejecutará el DAS.
En formato vectorial .dwg o SHP con Datum WGS84, en su respectiva zona geográfica UTM. Debe adjuntarse en la PDE o en mesa de partes en versión impresa y digital (CD o USB).
Los planos deben estar firmados tanto por el arqueólogo responsable del DAS como por un ingeniero competente (civil, geógrafo o topógrafo).
Indicar las fechas programadas para el recorrido de campo. Estas deben ser posteriores al plazo mínimo de 3 días hábiles desde la comunicación.
Resumen de los 3 bloques del Anexo II
| Bloque | Contenido principal | Documentos adjuntos |
|---|---|---|
| 1. Solicitante | Nombres/razón social, domicilio, DNI/RUC | Partida registral (si persona jurídica) |
| 2. Arqueólogo | Nombres, DNI, colegiatura, correo | Constancia habilitación COARPE (PDF) + firma |
| 3. Proyecto | Ubicación, nombre, fechas de prospección | Plano perimétrico .dwg/.SHP WGS84 (impreso + digital) |
6. Dónde y cómo presentar la comunicación de inicio del DAS
El artículo 35-C.2 del RIA establece dos canales oficiales para presentar la comunicación de inicio DAS procedimiento. Ambos tienen la misma validez legal y el plazo de 3 días hábiles comienza a contarse desde el día hábil siguiente a la presentación.
7. Qué sucede después de comunicar el inicio del DAS
Una vez presentada la comunicación, el Ministerio de Cultura no emite una aprobación ni una resolución. Sin embargo, el artículo 35-C.4 le otorga facultades específicas respecto al seguimiento del DAS.
Facultades del Ministerio de Cultura
El MC queda facultado a realizar dos acciones principales tras recibir la comunicación:
8. Preguntas frecuentes sobre la comunicación de inicio del DAS
¿Se necesita autorización del Ministerio de Cultura para ejecutar el DAS?
No. Conforme al artículo 35-C.3 del RIA (D.S. 004-2025-MC), para la ejecución del DAS NO se requiere autorización previa del Ministerio de Cultura. Basta con comunicar el inicio con al menos 3 días hábiles de anticipación.
¿Con cuántos días de anticipación se debe comunicar el inicio del DAS?
La comunicación debe realizarse con una anticipación no menor de 3 días hábiles previos a la prospección de campo, según el artículo 35-C.1 del RIA.
¿Qué documentos se adjuntan en la comunicación de inicio del DAS?
Según el Anexo II del D.S. 004-2025-MC, se adjuntan: datos del solicitante (persona natural o jurídica), datos del arqueólogo responsable con constancia de habilitación del COARPE en PDF, y datos del proyecto incluyendo plano perimétrico georreferenciado en formato .dwg o SHP con Datum WGS84.
¿Puedo presentar la comunicación de inicio del DAS de forma virtual?
Sí. El artículo 35-C.2 establece que la comunicación se presenta mediante la Plataforma Digital del Estado (PDE) o en mesa de partes física o virtual del Ministerio de Cultura, conforme al formato del Anexo II.
¿Qué puede hacer el Ministerio de Cultura después de recibir la comunicación de inicio?
Según el artículo 35-C.4, el Ministerio de Cultura queda facultado a coordinar visitas al área del proyecto y emitir recomendaciones para la protección del patrimonio arqueológico, pero no puede impedir la ejecución del DAS.
9. Deja la comunicación de inicio del DAS en manos expertas
Preparar correctamente la comunicación de inicio del DAS requiere dominio del Anexo II, manejo de planos georreferenciados y conocimiento de los plazos legales. En RuwArk S.A.C., consultora arqueológica en Cusco, gestionamos todo el procedimiento del DAS: desde la comunicación de inicio hasta la presentación del informe final ante el Ministerio de Cultura.
¿Necesitas presentar una comunicación de inicio del DAS?
Nuestro equipo de arqueólogos colegiados prepara y presenta tu comunicación conforme al Anexo II del D.S. 004-2025-MC.
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