TUPA del Ministerio de Cultura 2025
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Análisis del TUPA y su Marco Regulatorio
El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), establecido por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es un documento normativo de gestión que compendia y sistematiza todos los procedimientos administrativos y servicios exclusivos que una entidad pública brinda a los ciudadanos. Su finalidad es otorgar seguridad jurídica y transparencia, permitiendo que cualquier persona conozca, de manera clara y unificada, los requisitos, plazos, costos y autoridades competentes para cada trámite.
En el contexto del Ministerio de Cultura, el TUPA adquiere una relevancia crítica, ya que regula la interacción entre el desarrollo de proyectos de inversión y la salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación, un recurso no renovable y fundamental para la identidad del Perú.
Intervenciones Arqueológicas: Un Desglose Técnico
Los procedimientos gestionados por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico (DGPA) son vitales para la gestión cultural preventiva. A continuación, se detallan las intervenciones más relevantes:
Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRAS)
Instrumento técnico-legal que certifica, tras una inspección ocular realizada por un arqueólogo, la ausencia de evidencia arqueológica en la superficie de un terreno. Es un requisito previo indispensable para obtener licencias de construcción en áreas no declaradas como patrimonio, liberando el predio para el proyecto de inversión.
Plan de Monitoreo Arqueológico (PMAR)
Procedimiento de carácter preventivo que establece el acompañamiento arqueológico continuo durante la fase de remoción de tierras de una obra. Su objetivo es la detección, registro y gestión de hallazgos fortuitos, asegurando una respuesta inmediata para mitigar cualquier impacto negativo sobre el patrimonio no visible en superficie.
Proyecto de Evaluación Arqueológica (PEA)
Se aplica cuando existen indicios o una presunción fundamentada de la existencia de patrimonio arqueológico en el subsuelo. Consiste en la ejecución de excavaciones restringidas y controladas (calas o pozos de sondeo) para determinar la naturaleza, extensión, filiación cultural y potencial científico de los vestigios. El resultado del PEA define si el área debe ser protegida o si puede proceder un rescate.
Proyecto de Rescate Arqueológico (PRA)
Es la intervención más intensiva. Se autoriza cuando una obra de inversión, declarada de necesidad y utilidad pública, afectará inevitablemente un sitio arqueológico ya identificado. El PRA permite la excavación extensiva y la recuperación completa de la información y los bienes culturales del área de impacto, antes de que la obra proceda, asegurando que el conocimiento no se pierda.